Esta es una traducción. La versión neerlandesa prevalece.
Condiciones generales
Contactgegevens
- Onesta Groep
- Dirección: Zuiderpad 107, 1461 BS Zuidoostbeemster y Van Bergenstraat 49, 2583 CS Den Haag
- Teléfono: 085-210 44 11
- Correo electrónico: [email protected]
- Sitio web: onesta-groep.nl
- Número de registro mercantil: 77280032
- Número de autorización AFM: 12048684
Artículo 1: Definiciones
1.1 Onesta: Onesta, con domicilio en 's-Gravenhage, Van Bergenstraat 49, 2583 CS, 's-Gravenhage, en adelante denominada «Onesta».
1.2 Cliente: La persona física o jurídica a quien Onesta haya presentado alguna oferta, propuesta u oferta comercial, o con quien haya celebrado un acuerdo.
1.3 Encargo: El encargo otorgado por el Cliente a Onesta para asesorar o mediar en la celebración de un producto financiero.
1.4 Producto financiero: La hipoteca, seguro, cuenta de inversión o de ahorro, o el crédito sobre el que Onesta asesorará y/o en cuya contratación mediará.
1.5 Entidad financiera: La parte con quien se contrata el producto financiero.
Artículo 2: Encargo
2.1 Un acuerdo entre el Cliente y Onesta se considera celebrado en el momento en que Onesta haya aceptado por escrito un Encargo o haya comenzado su ejecución. Onesta está facultada para rechazar los Encargos que se le confíen sin necesidad de indicar los motivos, incluso después de haber enviado al Cliente una oferta para la realización de los trabajos.
2.2 Todos los Encargos otorgados a Onesta se celebran exclusivamente con Onesta y son ejecutados por ella, aunque sea intención del Cliente que el Encargo sea ejecutado por una persona específica que trabaje en Onesta.
2.3 Los Encargos conferidos a Onesta generan únicamente obligaciones de medios para Onesta, no obligaciones de resultado, salvo que la naturaleza del Encargo otorgado o lo acordado entre las partes indique lo contrario.
2.4 Salvo acuerdo escrito en contrario, los plazos indicados por Onesta para la ejecución de un Encargo nunca se considerarán plazos de vencimiento definitivo.
2.5 Estas condiciones generales también se estipulan en beneficio de los administradores y/o socios de Onesta y todas las personas que trabajen para ella, así como en el marco de las actividades de Onesta para las empresas afiliadas y submediadores que trabajan con ella. Su aplicabilidad continuará aunque los mencionados administradores/socios y/o otras personas que trabajen para Onesta dejen de trabajar para Onesta.
2.6 Las condiciones de compra u otras condiciones a las que el Cliente haga referencia al aceptar una oferta o al celebrar un acuerdo no serán de aplicación, a menos que Onesta las haya aceptado expresamente y por escrito sin reservas.
Artículo 3: Ofertas y presupuestos de Entidades financieras y asesoramiento de Onesta
3.1 Las ofertas o presupuestos presentados por Onesta al Cliente en nombre de una Entidad financiera son, salvo indicación expresa en contrario, no vinculantes y están sujetos a la aceptación por parte de la Entidad financiera correspondiente.
3.2 El Cliente no puede derivar derechos de los cálculos realizados por Onesta respecto a los costes de un producto financiero y su posible repercusión en los pagos mensuales del Cliente. Estos cálculos deben considerarse preliminares e indicativos y pueden estar sujetos a cambios intermedios en tipos de interés y primas. Solo cuando una Entidad financiera haya emitido un presupuesto aceptado por el Cliente, Onesta podrá facilitar un cálculo definitivo de los pagos mensuales.
3.3 Los asesoramientos facilitados por Onesta al Cliente son una instantánea y se basan en supuestos simplificados de la legislación y normativa vigentes en ese momento. Solo cuando una Entidad financiera haya emitido un presupuesto aceptado por el Cliente, Onesta podrá facilitar un cálculo definitivo de los pagos mensuales.
Artículo 4: Comunicación
4.1 En el supuesto de que el Cliente haya enviado un mensaje digital a Onesta, solo podrá confiar en que dicho mensaje ha llegado a Onesta una vez recibida una confirmación de recepción del mismo, que no sea una confirmación automática de recepción.
4.2 La información general proporcionada por Onesta, ya sea o no en Internet, ya sea o no a solicitud del Cliente, es no vinculante y nunca se considerará un asesoramiento dado por Onesta en el marco de un Encargo que se le haya confiado, salvo que Onesta comunique lo contrario o se trate de un asesoramiento adaptado a la situación personal del Cliente.
4.3 Hasta que el Cliente haya notificado a Onesta un cambio de dirección, Onesta podrá confiar en que el Cliente es accesible en la dirección facilitada al inicio del Encargo, incluida la dirección de correo electrónico.
Artículo 5: Contratación de terceros
5.1 Onesta está autorizada a contratar terceros en la ejecución del Encargo que se le haya confiado cuando sea necesario. Los costes derivados de la contratación de dichos terceros serán repercutidos al Cliente.
5.2 En la medida en que Onesta deba utilizar asesoramiento elaborado por asesores externos en la ejecución del Encargo, incluidos asesoramientos de contables, abogados, asesores fiscales, etc., consultará con el Cliente con la mayor antelación posible y ejercerá la debida diligencia en la selección del tercero correspondiente. Onesta no será responsable de los (imputables) incumplimientos de estos asesores externos.
5.3 Onesta es responsable de los terceros contratados por ella en la ejecución del Encargo que no puedan ser considerados asesores externos en el sentido del artículo 5.2, como trabajadores temporales, agencias de administración externa, etc., de la misma manera que lo es respecto a sus propios empleados.
Artículo 6: Honorarios y pago
6.1 El honorario al que Onesta tiene derecho por sus servicios para los productos financieros comprendidos en la definición de seguro de daños y producto financiero de crédito al consumo puede estar incluido en el importe que la entidad financiera cobre al Cliente. Para otros productos financieros, entre Onesta y el Cliente podrá acordarse una tarifa por hora, un honorario fijo, una tarifa de suscripción o una combinación de los mismos. Las partes acordarán esto siempre con antelación.
6.2 Los cambios en impuestos y/o gravámenes impuestos por el gobierno siempre se repercutirán al Cliente.
6.3 Onesta está facultada para incrementar las tarifas acordadas durante el periodo de vigencia cuando, tras la aceptación del Encargo, se produzcan aumentos en los costes de materiales o servicios necesarios para la ejecución del Encargo y/u otros costes que afecten al precio de coste de Onesta.
6.4 Las facturas de Onesta deben ser abonadas por el Cliente en el plazo de 14 días desde la fecha de la factura de la manera prescrita por Onesta, salvo acuerdo escrito en contrario o indicación diferente en la factura.
6.5 La compensación por parte del Cliente de los importes cobrados por Onesta por sus servicios contra una contrarreclamación planteada por el Cliente, o la suspensión del pago por parte del Cliente en relación con una contrarreclamación, solo está permitida en la medida en que la contrarreclamación haya sido reconocida expresamente y sin reservas por Onesta o haya sido irrevocablemente establecida judicialmente.
6.6 Si el Cliente no abona los importes cobrados por Onesta dentro del plazo acordado, el Cliente deberá, sin necesidad de previo requerimiento, el interés legal sobre el importe pendiente. Si el Cliente, incluso después del requerimiento, no abona el importe pendiente a Onesta, Onesta podrá encargar el cobro de su crédito, en cuyo caso el Cliente también estará obligado a reembolsar los gastos extrajudiciales de cobro. El importe de los gastos extrajudiciales de cobro se ajusta al Decreto sobre compensación por gastos extrajudiciales de cobro, en vigor desde el 01-07-2012, siendo el 15% sobre los primeros €2.500,00 con un mínimo de €40,00, el 10% sobre los siguientes €2.500,00, el 5% sobre los siguientes €5.000,00 y el 1% sobre los siguientes €190.000,00 y el 0,5% sobre el resto del crédito.
6.7 Los pagos realizados por el Cliente se aplicarán siempre en primer lugar al pago de todos los intereses y costes pendientes y posteriormente a las facturas abiertas que lleven más tiempo pendientes, aunque el Cliente indique que el pago corresponde a una factura posterior.
6.8 Si la solvencia del Cliente da motivos para ello a juicio de Onesta, Onesta está facultada para suspender la prestación de sus servicios hasta que el Cliente haya proporcionado garantía suficiente para sus obligaciones de pago.
Artículo 7: Información del Cliente
7.1 El Cliente facilitará siempre a Onesta, ya sea a solicitud o por iniciativa propia, toda la información relevante que Onesta necesite para la correcta ejecución del Encargo. Esto incluye, entre otras cosas, pero no exclusivamente, cualquier situación en la que se produzcan cambios en la composición familiar, los ingresos o la situación patrimonial del Cliente, de tal manera que Onesta deba adaptar su asesoramiento o que los productos financieros ya contratados puedan no ser ya suficientes.
7.2 Onesta solo puede cumplir con su obligación de diligencia hacia el Cliente si este cumple estrictamente con lo estipulado en el artículo 7.1.
7.3 Si la información necesaria para la ejecución del Encargo acordado no está disponible para Onesta, no lo está a tiempo o no está de conformidad con los acuerdos alcanzados, o si el Cliente no ha cumplido de otro modo con sus obligaciones (de información), Onesta está facultada para suspender la ejecución del Encargo.
7.4 El Cliente es plenamente responsable de la exactitud y exhaustividad de toda la información facilitada a Onesta.
Artículo 8: Responsabilidad de Onesta
8.1 Toda responsabilidad de Onesta, así como de sus administradores, empleados y personas contratadas por Onesta en la ejecución del Encargo, se limita al importe abonado en el caso concreto bajo el seguro de responsabilidad profesional de Onesta, incluida la franquicia asumida por Onesta. A solicitud, se facilitará a los interesados información adicional sobre el seguro de responsabilidad profesional.
8.2 En el caso de que el seguro de responsabilidad profesional de Onesta mencionado en el artículo 8.1 no cubra un caso concreto, la responsabilidad de Onesta, así como la de sus administradores, empleados y personas contratadas por Onesta en la ejecución del Encargo, se limita al máximo del total del honorario facturado al Cliente en relación con el Encargo que da lugar al daño sufrido. Si Onesta no ha cobrado honorarios al Cliente por sus servicios, la responsabilidad de Onesta se limita a la prima cobrada al Cliente por la Entidad financiera.
8.3 La ejecución del Encargo encomendado se realiza exclusivamente en beneficio del Cliente. Los terceros no pueden derivar derechos de los trabajos realizados para el Cliente.
8.4 Onesta no será en ningún caso responsable de los daños sufridos por el Cliente o terceros como consecuencia de información incorrecta, incompleta o intempestiva facilitada por el Cliente.
8.5 Onesta no será en ningún caso responsable de los daños que se deriven de errores en el software u otros programas informáticos utilizados por Onesta, a menos que dichos daños puedan ser recuperados del proveedor del software o programa informático correspondiente.
8.6 Onesta no será en ningún caso responsable de los daños que se deriven de la circunstancia de que los mensajes (de correo electrónico) enviados a Onesta por el Cliente no hayan llegado a Onesta.
8.7 Onesta no será en ningún caso responsable de los daños que se deriven de la circunstancia de que el Cliente no haya abonado a tiempo las primas y/o intereses de los productos financieros contratados por el Cliente tras la mediación de Onesta.
8.8 Lo dispuesto en este artículo no afecta a la responsabilidad de Onesta por daños causados por dolo o imprudencia temeraria consciente de sus subordinados.
8.9 El Cliente solo tendrá derecho a resolver cualquier acuerdo con Onesta si Onesta, incluso después del oportuno requerimiento, sigue incumpliendo de forma imputable sus obligaciones frente al Cliente. Las obligaciones de pago que hayan surgido antes del momento de la resolución y/o que se refieran a servicios ya prestados deberán seguir siendo cumplidas sin reservas por el Cliente.
Artículo 9: Fuerza mayor
9.1 Onesta no está obligada a cumplir ninguna obligación si esto no es razonablemente posible para Onesta como consecuencia de cambios en las circunstancias existentes en el momento de asumir las obligaciones que surgieron sin culpa de Onesta.
9.2 Un incumplimiento de una obligación de Onesta no se considerará en ningún caso imputable y no será a su riesgo en caso de fallo y/o incumplimiento por parte de sus proveedores, subcontratistas, transportistas y/u otros terceros contratados, en caso de incendio, huelga o cierre patronal, disturbios o motines, guerra, medidas gubernamentales, incluidas las prohibiciones de exportación, importación o tránsito, heladas y todas las demás circunstancias de tal naturaleza que ya no se pueda razonablemente exigir a Onesta que esté vinculada.
Artículo 10: Protección de datos personales
10.1 Los datos personales facilitados a Onesta por el Cliente no serán utilizados ni cedidos a terceros por Onesta para fines distintos a los de la ejecución del Encargo que se le haya confiado o el envío de comunicaciones al Cliente, salvo en la medida en que Onesta esté legalmente obligada, en el marco de su actividad empresarial, a facilitar los datos correspondientes a una autoridad designada al efecto.
10.2 Si el Cliente objeta la inclusión de sus datos personales en cualquier lista de distribución de Onesta, Onesta eliminará los datos correspondientes del archivo pertinente a solicitud escrita del Cliente.
10.3 Nuestra Política de privacidad se aplica al tratamiento de datos personales. Esta se encuentra en la Guía de servicios que forma parte de la primera sección de este documento.
Artículo 11: Instituto de reclamaciones
11.1 Onesta está afiliada al Instituto de Reclamaciones de Servicios Financieros (KIFID) con el número 300.018.367. Un litigio derivado de presupuestos, ofertas y acuerdos a los que se aplican estas condiciones puede, a elección del Cliente, ser sometido a arbitraje vinculante ante la Comisión de Disputas de Servicios Financieros o ante los tribunales civiles.
11.2 Onesta acepta de antemano el arbitraje vinculante emitido por la Comisión de Disputas de Servicios Financieros, siempre que el interés del litigio presentado no supere los €25.000,00 (veinticinco mil euros). Si el litigio en cuestión supera dicho interés monetario, Onesta tiene la opción de no cooperar con un arbitraje vinculante.
11.3 La legislación neerlandesa se aplica a todas las reclamaciones no tramitadas a través del KIFID según lo dispuesto en los artículos 11.1 y 11.2. Solo los tribunales neerlandeses tienen competencia para conocer de los litigios entre Onesta y sus Clientes. Los litigios se someterán al Tribunal de 's-Hertogenbosch.
Artículo 12: Prescripción de derechos
12.1 Las reclamaciones relativas a los trabajos realizados por Onesta o los importes cobrados por ella deben, bajo pena de caducidad del derecho, presentarse por escrito a Onesta en el plazo de 60 días desde que el Cliente haya recibido los documentos, información o factura a los que se refiere la reclamación, o desde que el Cliente haya podido razonablemente tener conocimiento del incumplimiento constatado en la actuación de Onesta. La presentación de una reclamación no suspenderá en ningún caso las obligaciones de pago del Cliente.
12.2 Todos los derechos de acción y otras facultades del Cliente derivados de cualquier causa en relación con los trabajos realizados por Onesta caducarán en todo caso cinco años después del momento en que el Cliente tuviera o razonablemente pudiera haber tenido conocimiento de la existencia de estos derechos y facultades.
Artículo 13: Disposiciones varias
13.1 La legislación neerlandesa se aplica a todas las ofertas y presupuestos emitidos por Onesta, así como a los Encargos aceptados por ella.
13.2 En el caso de que el contenido de los acuerdos escritos entre Onesta y el Cliente difiera de lo dispuesto en estas condiciones generales, prevalecerán los acuerdos escritos.
13.3 Las desviaciones y/o adiciones a estas condiciones generales solo vincularán a Onesta en la medida en que hayan sido expresamente acordadas por escrito entre Onesta y el Cliente.
13.4 Si alguna disposición de estas condiciones generales resulta ser nula, solo se excluirá de aplicación la disposición en cuestión; todas las demás disposiciones mantendrán su plena vigencia.
13.5 Onesta está facultada para modificar unilateralmente el contenido de estas condiciones generales en cualquier momento. En el caso de que Onesta proceda a una modificación intermedia, notificará al Cliente simultáneamente con el envío de las condiciones generales modificadas. El Cliente está facultado para oponerse a la aplicación de las condiciones modificadas en el plazo de 30 días a partir de la fecha en que se le haya notificado los cambios correspondientes. En ese caso, las partes entablarán negociaciones sobre el contenido de las condiciones generales aplicables. Si el Cliente no se opone al contenido modificado de las condiciones generales, estas regularán los acuerdos alcanzados entre las partes a partir de la fecha indicada por Onesta.